domingo, 3 de febrero de 2013

GRADO 10ª SOCIALES

SEMANA DEL 4 AL 8 DE FEBRERO 2013         GRADO 10ª  

                   DERECHOS COLECTIVOS  DEL MEDIO AMBIENTE O TERCERA GENERACIÓN



Los derechos colectivos y del ambiente, contenidos en los artículos 78 a 82, tratan básicamente sobre el bienestar de la comunidad y el espacio público y ecológico. En ellos, se garantiza que la ley regulará el control de calidad de bienes y servicios ofrecidos a la comunidad. Además, el Estado se compromete a velar por la protección de la integridad del espacio público.

En cuanto al medio ambiente, la Constitución asegura que el Estado colombiano planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales. Asimismo, cooperará con otras naciones en la protección de los ecosistemas situados en las zonas fronterizas.
Finalmente, la carta constitucional "prohíbe la fabricación, importación, posesión y uso de armas químicas, biológicas y nucleares, así como la introducción al territorio nacional de residuos nucleares y desechos tóxicos".
Protección y aplicación de los derechos
Los artículos 83 a 94 están destinados a dar continuidad y efectividad a todos los derechos anteriormente mencionados. Para ello, se disponen mecanismos legales a los cuales, los colombianos podrán acudir, cada vez que sea violado cualquiera de sus derechos.
De los deberes y obligaciones
El artículo 95, establece que todos los colombianos están en la obligación de respetar las leyes preconizadas en la carta constitucional. Para ello, a través de nueve puntos fundamentales, sintetiza los deberes de los colombianos. Entre ellos figuran: el respeto a los demás y a las autoridades; el principio de solidaridad social; la defensa de los derechos humanos; la colaboración para el buen funcionamiento de la administración de justicia; y la conservación del medio ambiente.

Deben traer a clase la Constitución política de Colombia



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